Seleccionar página

“Nueva normativa europea obligatoria 1169/2011 de Protección a las alergias alimentarias para hostelería, cafeterías y restaurantes de entrada en vigor en Diciembre de 2014 y cuyo fin es poner en conocimiento sobre los riesgos y responsabilidades en relación a la entrada en vigor de la obligatoria declaración responsable de alérgenos donde los establecimientos asumen toda la responsabilidad al respecto.”

El sector de alérgicos e intolerantes alimentarios crece cada año y demanda una atención gastronómica, turística y de ocio, de manera cada vez más imperiosa. Es imprescindible recibir la formación necesaria que permita tener conocimiento de la situación actual que afecta al sector hostelero y restaurador.

La Unión Europea así lo exige y el Ministerio de Sanidad, a través de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, ya está implantándolo de manera directa.

En las Islas

Hay más de 14.290 establecimientos de actividades de Hostelería, Cafeterías y Restaurantes, cuyo personal tendrá que estar informado y formado sobre la presencia de todos y cada uno de los ingredientes considerados alérgenos, un total de 14 sustancias. Los casos de alergias alimentarias han aumentado de forma considerable en los últimos 20 años. Según datos de la UE, el 70% de los casos de reacción alérgica por ingesta de alimentos se producen fuera del ámbito doméstico.

La legislación europea otorga responsabilidad directa al restaurador, sobre la información que debe ofrecer al comensal, bien elabore los platos in situ, bien procedan de terceros. Tal como está redactada dicha normativa, la presencia no declarada de un alérgeno en un alimento, se considera un peligro alimentario, comparable a la presencia de salmonella.

Concretamente, las empresas que no cumplan con las técnicas de autocontrol en materia de seguridad alimentaria marcadas en la citada normativa europea, se enfrentan a sanciones que van desde los 5.000€ a los 600.000€.

En España, las alergias alimentarias afectan entre un 4% y un 5% de la población, dato que extrapolado a los 500 millones de habitantes de los 27 Estados miembros de la Unión Europea, supone que de 10 a 20 millones de personas sufren una alergia alimentaria. A pesar de que se han identificado unos 170 alimentos como causantes de reacciones alérgicas, sólo unos doce son los responsables de prácticamente el 90% de estas reacciones.

Por una gastronomía accesible

Es necesario trabajar por una gastronomía accesible en Canarias, sobre todo teniendo en cuenta que además de la población local, cada año nos visitan doce millones de turistas, que existen personas que ven limitadas sus oportunidades de disfrutar de la gastronomía del lugar que visitan a causa de sus alergias y intolerancias alimentarias.

Esta discapacidad les impide poder comer en cualquier establecimiento que se les antoje, ya que su salud y seguridad personal se ven amenazadas.

No obstante, a partir del 14 de diciembre de 2014 cualquier empresa de servicios de hostelería, restauración o colectividades, estará obligada a ofrecer toda la información nutricional de las bebidas y alimentos que comercializa. El objetivo es aumentar la seguridad en lo que a alergias alimentarias se refiere.

El personal de los establecimientos no puede asegurar ausencia de alérgenos en sus platos sin tener formación al respecto, y sin un control de posibles contaminaciones durante la elaboración de los mismos. En este sentido, la formación es fundamental, ya que en la mayoría de los casos el personal de los establecimientos no cuenta con conocimientos o recursos que les permitan ofrecer esta información al comensal. El desconocimiento se convierte en un peligro potencial para muchas personas.

Es importante señalar que ante el incumplimiento de esta Ley, el responsable será siempre quien vende el alimento al consumidor final, aunque no haya intervenido en su procesado.

Poder leer lo que se come

La UE cuenta desde 2003 con normativa que obliga a etiquetar los ingredientes de alimentos como cereales con gluten (trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut), crustáceos y productos derivados, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara (almendras, avellanas, nueces de nogal, anacardos, pacanas, pistachos y nueces de macadamia), apio, mostaza, granos de sésamo y sulfitos.

Dar esa información también será obligatorio para quienes vendan alimentos a granel envasados en el punto de venta -como la carne, el pescado, el pan o los frutos secos- desde el momento en que España trasponga el reglamento comunitario sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

Fuente: www.canarias24horas.com